Entre el 17 y el 23/12/2020 es el plazo para ingresar los datos a efectos de calificar
o no en el sistema
1 SALARIO COMPLEMENTARIO
Se otorga solamente cuando concurren:
1.1. Sectores esenciales. (gastronomía, hotelería, salud etc.).
1.2. Que el monto de venta del mes del 11/2020 sea menor que el monto de ventas
del 11-2019.
2 REPRO II
Se obtiene solo si las ventas 11-2020 son inferiores a las ventas 11-2019 y en esa
condición se deben presentar además del balance 2019 las siguientes comparaciones
en empresas que tengan menos de 800 trabajadores.
2.1. Variación porcentual interanual de la facturación: menor a 10%.
2.2. Variación porcentual interanual del IVA compras: menor a 10%.
2.3. Endeudamiento en 2020 (pasivo total / patrimonio neto): mayor a 0,6.
2.4. Liquidez corriente en 2020 (activo corriente / pasivo corriente): menor a 1,6.
2.5. Variación porcentual interanual del consumo de energía eléctrica y gasífera: menor a 0%.
2.6. Variación porcentual interanual de las importaciones. Menor a -20%.
Para acceder al beneficio deberá cumplir al menos con 4 de estos parámetros,
teniendo como condición excluyente que uno de ellos sea la variación inter-anual
de la facturación.
Fuente: Estudio Carosella
Más información: info@cema.com.ar