Les enviamos información sobre el Proyecto de Ley sobre Moratoria Tributaria y Condonación de Deudas:

 

1. Condonación de Deudas
Es para deudas de pequeños contribuyentes y monotributistas con un máximo de deuda de $100.000, suponiendo que es el total de su deuda total

 

 

2. Moratoria Tributaria
2.1. Alcance Deudas Tributarias Aduaneras y de la Seguridad Social

 

2.2. Sujetos MiPyMEs contribuyentes de I Ganancias e IVA y con mayores beneficios a los afectados por la pandemia: comercio minorista, restaurantes

 

2.3. Tributos
2.3.1. Imp Ganancias
2.3.2. IVA

2.3.3. Contribuciones al sistema de Seguridad Social

 

2.4. Concepto: es una ampliación del plan establecido por la Ley 27541 que estableció una moratoria hasta el 31/7/2020

 

2.5. Período que abarca deudas vencidas entre el 1/8/2021 y el 31/8/2021

 

2.6. Refinanciación: Todos los Planes vigentes, Planes caducos acaecidos entre el 1/8/2020 y el 31/8/2021

 

2.7. Las infracciones también se incorporan al plan

 

2.8. Otros beneficios: suspensión de acciones penales con 3 plazos de Financiación: serán de 36, 60 y 120 cuotas según la categoría del contribuyente, con el vencimiento de la primera cuota el 16/11/2021

 

2.9. Tasa de interés en la financiación: 2% en los 6 primeros meses, luego la tasa Baldar en moneda nacional de Bancos privados

 

2.10. Caducidad
2.10.1. Distribución de Dividendos o utilidades en el período que dure el plan
2.10.2. Acceder al mercado único de cambios para realizar pagos de beneficios no habilitados en el proyecto
2.10.3. Al ser continuación del plan establecido por la moratoria que venció el 31/7/2020 serán las demás causales allí establecidas

 

Más información: info@cema.com.ar