La Secretaría de Comercio nos informa que, a partir del día de la fecha, las DJDI presentadas se pueden anular aún habiendo pasado las 72 hs desde su presentación inicial, pudiendo volver a cargar una nueva con modificaciones sobre la anteriormente presentada.

Con esto nos referimos a la carga del padrón de deuda de importadores (Stock anterior al 13 de Diciembre de 2023).