Mediante el Decreto 624/2020, que fue publicado en el Boletín Oficial el día
29 de julio del corriente, el Gobierno Nacional oficializó la prórroga que
prohíbe despidos y suspensiones en el marco de la emergencia sanitaria
por 60 días. Esto quiere decir que hasta el 30 de septiembre las empresas
no podrán despedir ni suspender a sus trabajadores.
 
La normativa tiene las mismas características que el Decreto 329/2020, que
rigió hasta mayo y el Decreto 487/2020, que ordenó continuar con la cobertura
hasta el 31 de julio: prohíbe “efectuar despidos sin justa causa y por las causales
de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor” por 60 días más y también
“efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución
de trabajo”.
 
Al igual que en las anteriores ocasiones, quedan exceptuadas de la prohibición
las suspensiones acordadas con el sindicato correspondiente.
 
 
Podrán acceder al Decreto haciendo click aquí.
 
 
>Fuente: FECOBA

 

Más información: info@cema.com.ar