Por razones de sanidad pública y con la finalidad de evitar la propagación de la influenza del Coronavirus
en nuestro país, el Ministerio de Trabajo de la Nación, ha dictado la Resolución 2020-178-APN-MT,
mediante la cual se estipula una licencia excepcional con goce de sueldo para todos los trabajadores
del sector público y privado que hayan viajado recientemente al exterior.
 
 
FINALIDAD DE LA RESOLUCIÓN
La finalidad de la Resolución, consiste en que todas aquellas personas que se desempeñan en el sector público
o privado, y hayan viajado recientemente al exterior, en forma voluntaria permanezcan en sus hogares y no expongan
a sus compañeros de trabajo al riesgo de la infección.
 
El aislamiento se sugiere que se realice durante 14 días.
 
 
PAÍSES QUE SE INCLUYEN
Si bien la Resolución no especifica a que países se refiere concretamente, se entiende que hace mención a todos
aquellos que la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) considera como zonas de transmisión del Coronavirus,
como ser: China, Corea del Sur, Japón, Irán, Italia, España, Francia o Alemania, sin perjuicio de que dicha lista se
extienda a medida que lo estipule el Ministerio de Salud de la Nación.
 
 
GOCE DE LA REMUNERACIÓN
Tal como se aclara en la norma, la licencia no afectará la normal percepción de las remuneraciones, como así
tampoco las adiciones de Convenio o que por Ley les correspondiese recibir, a todas aquellas personas que
están transitando la licencia excepcional.
 
 
CÓMPUTO DE LA LICENCIA EXCEPCIONAL
Asimismo la normativa establece que la presente licencia excepcional, no se computará a los fines de considerar
toda otra prevista normativamente o por convenio, y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador.
 
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RECOMENDACIONES PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL VIRUS
 
1. Lavado de manos frecuente con agua y jabón y/o alcohol en gel;
 
2. Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue codo,
o usar pañuelos descartables al tose o estornudar;
 
3. Usar el cesto de basura más cercano para desechar los pañuelos utilizados;
 
4. Ventilar los ambientes;
 
5. Limpiar las superficies y los objetos que se usan con frecuencia.
 
6. Consultar inmediatamente ante presencia de fiebre y síntomas respiratorios,
como tos, dolor de garganta y/o dificultad respiratoria; no auto-medicarse.
 
La consulta médica se recomienda que se inicie a través de la atención telefónica,
para luego coordinar la entrevista, y así evitando el riego de contagio.
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En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
el número telefónico para consultas es el 107,
mientras que en la Provincia de Buenos Aires el 0221-4255347
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PROTOCOLO ANTE AVISO DE INASISTENCIA POR SÍNTOMAS
 
1. Informar y enviar scaneado o con foto vía celular, fecha de salida
y entrada a la Argentina. (pasaporte – boletos aéreos o terrestres).
 
2. Informar medio de transporte utilizado, con la mayor especificidad
para poner en conocimiento a las autoridades.
 
3. Certificado de Asistencia Médica que indica inicio de Protocolo Sanitario.

 

Más información a info@cema.com.ar