El asesor legal de CEMA, Dr. Alejandro Vommaro, del Estudio Reibel-Vommaro & Asociados, pone a disposición de los socios un nuevo informe sobre la reciente reglamentación de la Ley de Modernización Laboral mediante el Decreto 407/2026 introduce importantes modificaciones en el régimen de las Empresas de Servicios Eventuales (ESE), manteniendo plenamente vigente esta modalidad de contratación y actualizando su marco operativo.

Entre los principales cambios se destaca la ampliación de las actividades y situaciones en las que podrán intervenir las ESE, incorporando nuevas causales vinculadas a tecnologías, reorganización empresaria y eventos corporativos. Asimismo, se simplifica el proceso de inscripción mediante un sistema electrónico, gratuito y con habilitación automática por silencio administrativo positivo.

La normativa reafirma que los trabajadores asignados por una Empresa de Servicios Eventuales mantienen un vínculo laboral permanente discontinuo con la agencia, mientras que la eventualidad recae únicamente sobre la asignación a la empresa usuaria. Esta distinción resulta fundamental para una correcta aplicación del régimen.

Para las empresas usuarias, el nuevo esquema brinda mayor previsibilidad, manteniendo acotada su responsabilidad a las obligaciones generadas durante el tiempo efectivo de prestación de servicios y sin incorporar nuevas cargas administrativas. Además, las obligaciones vinculadas a aportes y contribuciones quedan a cargo de la Empresa de Servicios Eventuales habilitada.

Por su parte, las ESE contarán con un régimen más ágil y menos burocrático, con nuevas herramientas que facilitan su operatoria y favorecen el acceso al empleo formal.

De acuerdo con el análisis realizado por los asesores legales de CEMA, el Decreto 407/2026 no elimina ni restringe esta actividad, sino que la moderniza, fortalece y alinea con las mejores prácticas regulatorias internacionales, consolidando un marco más eficiente tanto para las empresas usuarias como para las Empresas de Servicios Eventuales.