El Poder Ejecutivo Nacional puso en marcha el programa “Fondo Fiduciario Público”, denominado Fondo para el Desarrollo Económico Argentino (FONDEAR).

Al anunciar la línea de créditos, la Cristina kirchner afirmó que «va a significar un crecimiento en la oferta en materia de créditos para el sector, para el financiamiento productivo, que en 2003 era de 7,7 % del PBI, sustancialmente más bajo que el actual, y que al término de 2013 fue 16,9 % del PBI».

El principal objetivo que se tiene es financiar proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país.
El destino de los recursos del Fondo son:

a) Proyectos en sectores estratégicos: se priorizarán proyectos de inversión con potencial exportador, con capacidad de sustituir importaciones, de incorporar tecnología, de generar nuevos puestos de trabajo y de agregar valor a la cadena productiva.
b) Proyectos de apoyo a producciones innovadoras: destinados a proyectos que posibiliten el impulso de actividades innovadoras con elevado contenido tecnológico, surgidas a partir de desarrollos, conocimientos y capacidades generados en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación estructurado por la Ley Nº 25.467.
c) Proyectos de economías regionales: destinados a proyectos que generen valor agregado o contribuyan al fortalecimiento de cadenas de valor en economías regionales. Se priorizarán aquellos proyectos que:
• Pertenezcan a sectores o cadenas de producción identificadas como prioritarios dentro de las Economías Regionales
• Cuenten con el apoyo de Gobiernos Provinciales o Municipales
• Evidencien potencial exportador, capacidad de sustituir importaciones, de incorporar tecnología, de generar nuevos puestos de trabajo y de mejorar las condiciones de los existentes
• Mejoren problemas de logística, de asimetría de información, de transparencia en la comercialización y de trazabilidad de productos
• Contribuyan a aumentar la diversificación y diferenciación de productos y a potenciar el desarrollo del mercado interno
No podrán utilizarse los recursos del FONDEAR para financiar:
a) La adquisición de automóviles de pasajeros, vehículos utilitarios y cualquier otro rodado que no esté destinado a la actividad propia de la empresa destinataria del crédito, es decir, la adquisición de vehículos automotores que no tengan un uso excluyente comercial, industrial y de servicios
b) Las construcciones o reparaciones de edificios o inmuebles de uso residencial
c) La compra de terrenos
d) La reestructuración de deudas, pago de dividendos o recuperación de capital invertido
e) El pago de deudas impositivas
f) Gastos no relacionados en forma directa con los objetivos del proyecto debidamente acreditado

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