Fuente: Estudio Reibel – Vommaro y Asoc.

 

Queremos informarles que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), junto a la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA), cerraron el jueves pasado la paritaria anual que va desde el 1º de Abril 2022 al 31 de Marzo 2023, con un incremento del 59,5% de manera escalonada, a cobrarse a partir del mes de mayo (retroactivo al salario de abril). El mismo se llevó adelante en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y contó con la presencia del Cro. Carlos Pérez, Presidente de OSECAC, el aval del Ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y Gabriela Marcello, Directora Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo.

 

El presente acuerdo se llevará adelante por medio del pago de 7 tramos consecutivos advirtiendo que el mismo posee una cláusula de revisión específica en función de la evolución y aceleración de los precios.

 

El mismo contempla un aumento de un 59,5%, elevando el salario básico de los empleados de comercios de convenio de $90.000 a $139.065 y se distribuirá de la siguiente manera:
 6% en Abril
 6% en Mayo
 6% en Junio
 10% en Agosto
 10% en Septiembre
 11% en Noviembre
 10,5% en Enero de 2023

 

Los incrementos del acuerdo no son vinculantes para los acuerdos que pudieran suscribirse en la ciudad de Rio Grande, Tierra del Fuego.

 

 

Respecto del cómputo del aumento
El presente acuerdo se llevará adelante tomando el valor nominal para el primer tramo de los 7 estipulados, lo que significa que los aumentos escalonados no serán acumulativos.

 

Como base de cálculo debe tomarse la escala de abril de 2022 (equivalente a marzo 2022 más los aumentos acordados).

 

Asimismo se aclara que el aumento salarial es en concepto no remunerativo. En referencia a los aportes y contribuciones, son aplicables a la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, y a los aportes sindicales referidos en los art. 100 y 101 del Convenio Colectivo de Trabajo.

 

Sin embargo queda afuera del cómputo el presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario. Se establece que recién en 2023 se incorporan al básico y pasarán a ser remunerativos.

 

 

Respecto de los aportes
Por ser conceptos no remunerativos no aportan al ANSES, PAMI, y tampoco realiza
las contribuciones correspondientes a los empleadores. Sin embargo, en el marco de la emergencia sanitaria decretada por Ley 27.541 por la pandemia COVID-19, se acordó además un aporte patronal solidario, excepcional y extraordinario, por única vez y exclusivamente por el plazo de vigencia del acuerdo equivalente a la suma de $600 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, y siempre que el trabajador mantenga contrato vigente.

 

Cuando las nuevas escalas salariales sean publicadas en FAECYS, las mismas serán remitidas.