Fuente: Estudio Reibel – Vommaro y Asoc.

 

En fecha del 06 de Abril de 2022, USIMRA y FAIMA han suscripto un acta complementaria del Acuerdo Paritario 2022/2021 del Convenio Colectivo de Trabajo Nro 335/75, junto con las escalas salariales que regirán sobre los salarios vigentes a partir del 01 de Abril de 2022 y hasta el 31 de Mayo de 22, el que estipula un AJUSTE de los valores horarios pactados oportunamente en los Convenios suscriptos en mayo/2021 y noviembre/2021.

 

En el actual Convenio se estableció un incremento del 10% sobre los salarios básicos horarios y aplicables conjuntamente con los valores del mes de abril/2022, el que tendrá un carácter de no remunerativo, convirtiéndose en remunerativo a partir del mes siguiente.

 

Por otro lado, estipula un incremento del 2% sobre los salarios básicos horarios del mes de mayo/2022, el que tendrá carácter no remunerativo, convirtiéndose en remunerativo a partir del 1º de junio de 2022.

 

Los porcentajes referidos se deben calcular tomando como base de cálculo los pactados para el mes de mayo/2021.

 

Los valores horarios no remunerativos pactados, generarán exclusivamente el cumplimiento de las obligaciones para con los aportes y contribuciones a O.S.P.I.M., como los previstos en los art. 32 y 32 bis y art. 21 (cuota sindical) del CCT 335/75.

 

Se hace saber que, en el supuesto de que el PEN establezca el pago de una retribución adicional bajo cualquier concepto y/o imputación, antes de finalizada la Paritaria en fecha 31 de Mayo de 2022, ya sea por menos o igual monto del pactado en el convenio, y siempre que no sea pactado a cuenta de futuras paritarias, el mismo será ABSORBIDO hasta su concurrencia.

 

En caso de que el monto supere la suma resultante de los porcentajes referidos, sólo deberá retribuirse esa diferencia bajo el concepto “Retribución distribución por el PEN”.

 

Podrán descargar las Escalas haciendo click en los siguientes links: