La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de Resolución General, establece una nueva metodología para determinar los sujetos que se incluirán en el ámbito de actuación de la Sub-dirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes.

La nómina que entrará en vigencia el 7 de Abril de 2.025 será revisada con una periodicidad bienal.

Para aplicar este procedimiento de inclusión a los registros, el organismo se basará en criterios objetivos y sistemáticos siendo los elementos a tener en cuenta, los impuestos activos, las declaraciones juradas presentadas, el volumen de ventas y/o exportaciones, los movimientos financieros, las operaciones con divisas, la tenencia de bienes, y los vínculos comerciales o societarios desarrollados.

Serán incorporados a este listado, desde el momento de cumplimiento de la condición de que se trate, los siguientes sujetos:

a) Los obligados a presentar el “Informe país por país”.

b) Los que hubieran celebrado una “Determinación Conjunta de Precios de Operaciones Internacionales”.

c) Contribuyentes y responsables que pertenezcan a actividades económicas cuya complejidad y especificidad exijan un seguimiento detallado para optimizar los niveles de control y garantizar el cumplimiento voluntario.

Además, se incluirán en el ámbito de actuación de la Sub-dirección General los Vehículos de Proyecto Único (VPU) con CUIT especial, así como las personas jurídicas constituidas con el único fin de integrar dichos vehículos, a partir del momento en que se otorgue la mencionada clave especial.

Resolución General N° 5.671/2025 (B. O. 10/04/2025)

Procedimiento. Provincia de Buenos Aires. Ciudad de Bahía Blanca y localidades de Ingeniero White y General Daniel Cerri. Medidas de alivio fiscal. Su implementación.

Dado el fenómeno meteorológico acontecido en la Ciudad de Bahía Blanca y en las localidades de Ingeniero White y General Daniel Cerri, de la Provincia de Buenos Aires, que impidió e impide el normal desarrollo de las actividades agropecuarias, industriales, comerciales y de servicios, la ARCA estimó oportuno, en uso de sus facultades, adoptar medidas de alivio fiscal destinadas a morigerar las consecuencias económicas adversas originadas en ese marco.

Los beneficios que otorgó a los contribuyentes son:

· Determinación de un plazo especial para determinados contribuyentes, para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias.

· Suspensión hasta el 31 de Diciembre de 2.025, inclusive, de intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y/o de pago de obligaciones tributarias, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares.

· Exclusión de los procesos de caducidad de los planes de facilidades de pago

por falta de pago de cuotas, que venzan entre la fecha de entrada en vigencia, 10 de Abril de 2.025 y el 31 de Diciembre de 2.025.

Ver Resolución N° 56/2025 (B. O. 03/04/2025)

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO