Les enviamos información sobre el Proyecto de Ley sobre Moratoria Tributaria y Condonación de Deudas:

 

1. Condonación de Deudas
Es para deudas de pequeños contribuyentes y monotributistas con un máximo de deuda de $100.000, suponiendo que es el total de su deuda total

 

 

2. Moratoria Tributaria
2.1. Alcance Deudas Tributarias Aduaneras y de la Seguridad Social

 

2.2. Sujetos MiPyMEs contribuyentes de I Ganancias e IVA y con mayores beneficios a los afectados por la pandemia: comercio minorista, restaurantes

 

2.3. Tributos
• 2.3.1. Imp Ganancias
• 2.3.2. IVA

• 2.3.3. Contribuciones al sistema de Seguridad Social

 

2.4. Concepto: es una ampliación del plan establecido por la Ley 27541 que estableció una moratoria hasta el 31/7/2020

 

2.5. Período que abarca deudas vencidas entre el 1/8/2021 y el 31/8/2021

 

2.6. Refinanciación: Todos los Planes vigentes, Planes caducos acaecidos entre el 1/8/2020 y el 31/8/2021

 

2.7. Las infracciones también se incorporan al plan

 

2.8. Otros beneficios: suspensión de acciones penales con 3 plazos de Financiación: serán de 36, 60 y 120 cuotas según la categoría del contribuyente, con el vencimiento de la primera cuota el 16/11/2021

 

2.9. Tasa de interés en la financiación: 2% en los 6 primeros meses, luego la tasa Baldar en moneda nacional de Bancos privados

 

2.10. Caducidad
• 2.10.1. Distribución de Dividendos o utilidades en el período que dure el plan
• 2.10.2. Acceder al mercado único de cambios para realizar pagos de beneficios no habilitados en el proyecto
• 2.10.3. Al ser continuación del plan establecido por la moratoria que venció el 31/7/2020 serán las demás causales allí establecidas

 

Más información: info@cema.com.ar
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