Cuidemos a nuestra gente. Cuidemos a la familia maderera

 

En relación al Levantamiento de las Medidas de Obligatoriedad de la Cuarentena,

CEMA quiere informar lo siguiente:

 

 Esta medida no fue solicitada por las Cámaras ni por la Federación. Fue decidida
por el Gobierno Nacional ante la realidad de algunos subsectores como el de envases,
camas, colchones, etc., y de su necesidad de funcionamiento para producir bienes esenciales.
 
 El resto de los productos, los cuales no son esenciales, fueron alcanzados por la redacción
de la Decisión Administrativa 450/2020 al incluir a «fabricación de productos de madera».
Por lo que estarían en condiciones de comenzar a trabajar en LA MEDIDA QUE LES SEA
CONVENIENTE Y QUE DECIDAN TOMAR LOS RIESGOS y modificaciones en cuanto a
horarios y protocolos de seguridad que esta decisión conlleve. No es obligatorio abrir.
A muchas empresas abrir en estas condiciones, sin comercialización presente ni anterior,
les trae más complicaciones que soluciones.
 
 Surgió la duda legítima entre los asociados sobre si, al ser considerados ahora como
productos esenciales, quedamos afuera de los beneficios otorgados por el Decreto 332/2020.
En esta nueva categoría quedaríamos exceptuados pero al seguir sin poder comercializar
y al haber tenido facturación $ 0 estaríamos cumpliendo todos los requisitos y condiciones
para solicitar dichos beneficios.
 
 CEMA, y el resto de las Cámaras unidas en FAIMA, estamos haciendo llegar al Gobierno
la absoluta necesidad y la urgencia de poder acceder a dichos beneficios, razón por la cual
instamos a las empresas a seguir los caminos necesarios para obtenerlos y hacernos llegar
los problemas, dificultades e inconvenientes que surjan en su concreción.

 

 

Más información: info@cema.com.ar