La Administración Federal de Ingresos Públicos informa sobre la vigencia de la Resolución General 3936 a través de la cual se establecen la forma, plazo y demás condiciones a fin de que los trabajadores autónomos y los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) cumplan con su obligación de pago mensual.

A partir del mes de diciembre de 2016 deberán cumplir su obligación mensual utilizando medios electrónicos:

a) Transferencia electrónica de fondos

b) Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito

c) Débito en cuenta a través de cajeros automáticos

d) Débito directo en cuenta bancaria, a cuyo efecto deberán solicitar previamente la adhesión al servicio en la entidad bancaria en la cual se encuentre radicada su cuenta.

En este caso, las adhesiones solicitadas hasta el día 20 de cada mes, tendrán efecto a partir del mes inmediato siguiente.

Ingresando a los micrositios de Autónomos y Monotributo, según corresponda, consultá las formas de pago disponibles, como así también los beneficios por adherir a procedimientos de pago mediante débito automático.

Autónomos: www.afip.gob.ar/autonomos

Monotributo: www.afip.gob.ar/monotributo