En el Decreto 232/2014, se prorrogó por doce meses el régimen de sustitución de aportes emergentes de convenios de corresponsabilidad gremial, para aquellos empleadores comprendidos en dicho régimen, suscriptos en virtud de la ley N° 26.377.

La Ley Nº 26.377 fue celebrada por asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial, empresarios, las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las entidades empresarias de la actividad, integrantes del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre).

El objeto del Decreto es el de promover el perfeccionamiento de los métodos de recaudación y de fiscalización de los aportes, contribuciones, multas, accesorios y simplificación del trámite para su pago.

La ley Nº 26.476 establece que por el término de 24 meses contados a partir del mes de inicio de una nueva relación laboral, los empleadores gozarán, por dichas relaciones, de una reducción de sus contribuciones vigentes con destino a distintos subsistemas de la seguridad social.

El beneficio consiste en que durante los primeros 12 meses sólo se deberá ingresar el 50% de las citadas contribuciones, y por los segundos 12 meses se pagará el 75% de ellas, siempre y cuando el empleador mantenga la cantidad de trabajadores integrantes de su nómina.

El Decreto hace mención a que los beneficios otorgados por las Leyes N° 26.377 y N° 26.476 continúan teniendo una importante acogida por parte de las entidades empresarias de las actividades incluidas en los Convenios de Corresponsabilidad Gremial.

Asimismo, afirma que ello demostró que la inclusión de los referidos trabajadores al Sistema de la Seguridad Social, convierte a la Ley Nº 26.476 en una herramienta apta para extender y tornar operativo el concepto del “Trabajo Decente”, por lo que resulta oportuno prorrogar la vigencia del beneficio dispuesto en el Capítulo II, Título II de la ley mencionada, desde el 1° de enero de 2014, y hasta el 31 de diciembre de 2014.