Mediante el Decreto 891/2020, se prorrogó hasta el 31 de enero de 2021 la prohibición
de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo
y fuerza mayor, al igual que las suspensiones de la misma naturaleza, salvo las efectuadas
en los términos del Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. Es importante
mencionar que la norma prorroga la prohibición exclusivamente en el ámbito del sector
privado, instancia ya vigente por el Decreto 761/2020 anterior, sumándole el plazo adicional
de 60 días.
 
La UIA ha realizado acciones diversas para manifestar preocupación por las tensiones
que se están generando en las empresas afectadas por la crisis, así como las dificultades
operativas que implica la vigencia de las dispensas conforme la vigencia Resolución
207/2020 del Ministerio de Trabajo, aún en regiones bajo Distanciamiento Social
Preventivo Obligatorio y fases de apertura casi completa de actividades productivas.
 
En el mismo sentido, se ha solicitado el tratamiento legislativo de las modificaciones a
la ley de concursos y quiebras -que tiene media sanción del Senado pero aún no ha
sido incorporada al temario de la Cámara de Diputados- así como la reactivación de
programas como el REPRO, para atender la situación de empresas altamente afectadas
por la crisis y emergencia actual.

 

Fuente: UIA