Fuente: Estudio Carosella

 

Programa Federal de Fortalecimiento de la Reactivación Productiva
El gobierno creó un Programa de Promoción de Empleo al que podrían adherir las provincias. Se
entregarán ANR a las nuevas contrataciones, siempre que aumenten la nómina salarial. Los montos
y actividades incluidos se establecieron en cada convocatoria provincial, entre ellos actividad agrícola
e industrial. Este beneficio tendrá una duración de 36 meses.
 
 
 
Juicios
Se prorrogó hasta el 31 de Agosto de 2021 la suspensión de ejecutar juicios fiscales y embargos
contra micro, pequeñas y empresas de sectores críticos. Quedan excluidos montos reclamados en
concepto de Aporte Solidario y Bienes Personales.
 
 
 
Facturación a Monotributistas
Los responsables inscriptos que facturen a monotributistas deberán emitir factura A discriminando el IVA 
a partir del 01 de Julio de 2021.
 
 
 
REPRO II
Están en plena vigencia los beneficios que otorga el REPRO II para obtener una compensación de hasta 
$22.000.‐ por empleado, en base a la nómina exteriorizada por el mes de Mayo 2021. La inscripción venció
el 01 de Junio de 2021 y ahora se espera la calificación que se establecerá para la concreción del beneficio.
 
Con fecha del 07 de Junio 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Conjunta 5005/2021 
de la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Por la misma se establece que los empleadores del sector privado que accedan al beneficio otorgado por el
REPRO II y cuya actividad se encuentre entre las detalladas en el “Clasificador de Actividades Económicas” 
(Anexo de la RG 3597) gozarán, respecto de cada trabajador, una reducción del 100% de las contribuciones
patronales vigentes con destino al SIPA.
 
Esta medida abarca los períodos Mayo a Diciembre 2021.
 
 
Podrán acceder a la Resolución haciendo click aquí.

 

Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales
El 11 junio venció la presentación de las DDJJ y Pago de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales 
y Cedular correspondientes al ejercicio 2020.
 
No obstante la AFIP comunicó a través de la Resolución General 5006/21, publicada el 08 de Junio de 2021,
que se extiende el plazo de dichos impuestos, de acuerdo a la terminación de la CUIT:

 

 

Podrán acceder a la Resolución haciendo click aquí.

 

Monotributo Recategorización
Se efectuó a través de la AFIP la Recategorización de Monotributistas de acuerdo a las nuevas escalas
vigentes al 01 de Enero 2021. Se deberá consultar a la página de la AFIP el resultado de esta recategorización.
 
En los casos que se observen deudas por los meses transcurridos, la misma se podrá pagar en un plan de
facilidades de pago que estará vigente desde el 01 de Julio 2021.
 
No obstante, cada contribuyente puede pedir hasta el 25 de Junio 2021 el cambio de su categoría, salvo los
que poseen débito automático cuyo plazo es hasta el 11 de Junio 2021.

 

Más información: info@cema.com.ar