O.S.P.I.M. Planes de pago y/o moratorias en materia de deudas existentes, con la debida adecuación de quitas y/o reducción de intereses.

A) Requisitos
1.Solicitud de acogimiento, mediante formulario de la página www.usimra.com.ar, visado por la Cámara Empresaria o por FAIMA.
2. Acreditar haber abonado los aportes y contribuciones de los tres meses inmediatos anteriores al acogimiento.
3. Tomar a su cargo las costas y honorarios judiciales para los casos que corresponda, gestionando la cancelación a través del Letrado interviniente.
4. Entrega al momento de la suscripción, cheques de pago diferido para la cancelación de las cuotas.
5. La cuota de la moratoria no puede ser inferior al 50% de los pagos mensuales al momento del acogimiento ni menor de $ 1000.-
6. Inscripción a partir del 5/1/2015 hasta el 31/5/2015.
7. No se incluyen acuerdos de pago vigentes aunque registren atrasos.

B) Beneficios
1. Condonación parcial de intereses compensatorios (50% para la deuda del año 2014); 30% para la deuda del año 2013 y 20% para la deuda del año 2012).
2. Financiación en 3, 6, 12 o 36 cuotas.
3. Bajos intereses financieros (3 cuotas, sin intereses; 6 cuotas, 10% anual; 12 cuotas, 15% anual; 24 cuotas, 20% anual y 36 cuotas, 24% anual).
4. Los beneficios acordados están condicionados al estricto cumplimiento de las cuotas convenidas y al depósito en término de los aportes y contribuciones que se devenguen desde la presentación y durante la vigencia del convenio. En caso de caducidad del convenio por incumplimiento del deudor, las cuotas que se hubieren abonado serán tomadas como pagos a cuenta de la liquidación que se practicara aplicando los intereses legales.
5. Beneficios complementarios por estar asociado a la Cámara Empresaria o adherido a la FAIMA, se deberá consultar en el área respectiva.

C) Procedimiento

1. Presentación:
La solicitud se presentará completa, sin omitir datos, personalmente o por correo y con copia de del comprobante de pago de los aportes y contribuciones de los tres meses inmediatos anteriores al acogimiento a

PLAN DE FACILIDADES – ROJAS 254 – CABA

2. Liquidación:
Recepcionada la solicitud, la OSPIM practicará la liquidación de deuda de acuerdo a lo estipulado precedentemente y la comunicará detalladamente al deudor, por correo electrónico, para su revisión por el deudor, indicando los planes alternativos lo que puede adherirse.

En caso que hubiere observaciones o cuestionamiento atendibles, la OSPIM practicará nueva liquidación y la comunicará al deudor.

D) Comunicación

FAIMA. Av. Belgrano 355, Piso 5to. CABA. Tel. 4343-1499

OSPIM. Rojas 254, CABA. Tel. 4432-3954