La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) instrumentó la
exención de hasta un 50% en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para
favorecer a los contribuyentes que fueron más perjudicados por la pandemia. Esta
medida se divulga recién ahora, porque el decreto se fue atrasando y salió al corte del año,
pero el beneficio es retroactivo. La resolución abarca a operaciones devengadas entre
el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2020 y se extiende a un conjunto de 206 actividades
económicas.
Los contribuyentes deberán estar inscriptos en el «Programa Buenos Aires ActiBA» del
Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense, y luego tienen
que ingresar a arba.gob.ar para verificar si se encuentran alcanzados por la medida. En la
web del organismo, acceder a la solapa «Contribuyentes», seleccionar «Ingresos Brutos»,
luego «Consultas» y «Beneficio Decreto 1252/2020». Una vez digitada la CUIT y clave fiscal,
el sistema confirmará, si cumplen o no con las condiciones para recibir la exención.
En caso de que estén alcanzados por la medida, serán los propios contribuyentes quienes
aplicarán el beneficio (en función del porcentaje de la exención que les corresponda),
detallando en sus declaraciones juradas de Ingresos Brutos cuál es el monto imponible que
estará exento.
Por su parte, quienes ya tengan presentadas las declaraciones juradas correspondientes
a los meses de 2020 incluidos en el período de exención parcial, deberán rectificar las
mismas y modificarlas aplicándoles el beneficio respectivo.
Haciendo click en cada opción, podrán descargar el Instructivo de ARBA sobre la
exención de IIBB del 1 de julio al 31 de diciembre de 2020, el Listado de Actividades
que pueden acceder al beneficio de hasta el 50% en Ingresos Brutos, o bien ingresar
a la Web para más información, consultar o ver los videotutoriales.
Más información: info@cema.com.ar