La comunidad internacional ha advertido ya hace tiempo que urge reducir sustancialmente los altos índices de deforestación y degradación de los bosques a nivel global. Un modo de lograrlo, consiste en darle mayor valor económico a los bosques, incentivando la conservación de los ecosistemas a través de un manejo forestal sostenible (MFS) y el pago por los servicios ambientales que aquellos proveen. El MFS excede la mera problemática de la deforestación y reforestación, sino que incorpora a las sociedades, a las personas, a fin que éstas puedan mantener y aumentar los servicios, beneficios económicos y la salud de los bosques para su propio desarrollo, mejorando así su calidad de vida. El Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA; o UNEP, por sus siglas en inglés), establecido en 1972, es la voz del medio ambiente en el sistema de las Naciones Unidas. El PNUMA actúa como catalizador, defensor, educador y facilitador para promover el uso sensato y el desarrollo sostenible del medio ambiente global. Su fin es ser la autoridad ambiental líder en el mundo que fija la agenda ambiental global, que promueve la aplicación coherente de las dimensiones ambientales del desarrollo sostenible en el marco del sistema de las Naciones Unidas, y que ejerce de defensor acreditado del medio ambiente global. 

En 1988 el PNUMA convoca a un Grupo Especial de Expertos sobre Diversidad Biológica para explorar la necesidad de un convenio internacional sobre la materia. Asimismo, en el mismo año, establece el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (PICC; o IPCC, por sus siglas en inglés). En 1989, el PNUMA estableció un Grupo de Trabajo Ad hoc de expertos jurídicos y técnicos para preparar un instrumento jurídico internacional para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica. El trabajo de estos grupos finalizó en mayo de 1992 en la Conferencia de Nairobi, donde se aprobó el texto acordado del Convenio sobre la Diversidad Biológica.
En la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en 1992 en Río de Janeiro (Brasil) – más conocida como «Cumbre de la Tierra de Río»– , se dieron a conocer tres tratados internacionales. La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD), que se conocen desde entonces con el nombre de Convenciones de Río. 


 
 
 
Visión integrada de las estrategias internacionales para el desarrollo forestal sostenible y su vinculación con las acciones nacionales
 
 
 
El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) es un tratado internacional jurídicamente vinculante con tres objetivos principales: la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes; y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. El CDB quedó listo para la firma el 5 de junio de 1992 en la Cumbre de la Tierra, y entró en vigor el 29 de diciembre de 1993. Hasta la fecha la integran 193 Partes. 
El Convenio proporciona un marco jurídico global para la acción sobre la biodiversidad. Las Partes se reúnen en el máximo órgano del Convenio, la Conferencia de las Partes (COP). En su primera reunión, la COP decidió adoptar un programa de mediano plazo de trabajo para el período 1995-1997. La COP 8 adoptó un Plan Estratégico para el período 2002-2010. En la COP de Nagoya, Japón, en 2010, se adoptó un nuevo Plan Estratégico para el Convenio (2010-2020). En enero de 2011 la Asamblea General de la ONU declaró al período 2011-2020 como Decenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, con el fin de contribuir a la aplicación del nuevo Plan Estratégico del CDB y las Metas de la Diversidad Biológica de Aichi.
 
El Nuevo Plan Estratégico tiene cinco objetivos estratégicos:
1. Abordar las causas subyacentes de la pérdida de diversidad biológica mediante la incorporación de esta en todos los ámbitos gubernamentales y de la sociedad;
2. Reducir las presiones directas sobre la diversidad biológica y promover la utilización sostenible;
3. Mejorar la situación de la diversidad biológica salvaguardando los ecosistemas, las especies y la diversidad genética;
4. Aumentar los beneficios de la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas para todos; y,
5. Mejorar la aplicación a través de la planificación participativa, la gestión de los conocimientos y la creación de capacidades.
Objetivos del Plan Estratégico 2010-2020 de la CDB
 
Las Estrategias y Planes de Acción son los instrumentos principales para implementar el Convenio a nivel nacional, el cual exige a los países preparar una estrategia nacional de diversidad biológica (o un instrumento equivalente); y que esta estrategia se integre en la planificación y en las actividades de todos los sectores cuyas actividades pueden tener un impacto sobre la diversidad biológica. 
Argentina ratificó el Convenio sobre la Diversidad Biológica por Ley Nacional N° 24.375 en 1994. En el Decreto Reglamentario de la Ley N° 1.347, se dispone a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) como autoridad de aplicación del Convenio. Dentro de la estructura de la SAyDS existe un Grupo de Trabajo sobre Conservación de la Biodiversidad. El Decreto N° 1.347 también dispuso la creación de la Comisión Nacional Asesora para la Conservación y Utilización Sostenible de la Diversidad Biológica(CONADIBIO). 
 
En la Cumbre de la Tierra, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) también quedó lista para la firma. La CMNUCC entró en vigor el 21 de marzo de 1994 y a la fecha son 195 países los que la han ratificado.La Convención reconoce que es un documento «marco», es decir, un texto que debe enmendarse o desarrollarse con el tiempo para que los esfuerzos frente al calentamiento atmosférico y el cambio climático puedan orientarse mejor y ser más eficaces. La primera adición al tratado, el Protocolo de Kyoto, se aprobó en 1997. 
El objetivo fundamental de la Convención es estabilizar las emisiones de gases de efecto invernadero a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Se declara asimismo que ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible. 
La CMNUCC fue ratificada por Ley Nacional N° 24.295 en 1994. En el marco de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) existe una Dirección de Cambio Climático, creada por Resolución 58/2007. 
Por otro lado, también en el marco de la SAyDS, Argentina ha avanzado con la elaboración de su Estrategia Nacional sobre el mecanismo REDD+ (Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación y el rol de la conservación, la gestión forestal sostenible y el incremento en los stocks de carbono en los países en desarrollo) con fondos del Banco Mundial. 
 
La desertificación es la degradación de tierras en las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas, y se debe a diferentes factores tales como las actividades humanas y las variaciones climáticas. La desertificación, que no es imputable a la extensión de los desiertos actuales, ocurre porque los ecosistemas de tierras secas, que cubren más de la tercera parte de las tierras firmes del mundo, son sumamente vulnerables a la sobreexplotación y el aprovechamiento inadecuado de la tierra.Tanto la Cumbre de la Tierra, como el Programa 21, hacen un llamamiento a la Asamblea General de las Naciones Unidas a establecer un comité intergubernamental que prepare un instrumento, con fuerza vinculante, para tratar el problema de la desertificación. El 17 de junio de 1994 la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD) es adoptada en Paris, Francia; y se declara al 17 de junio como Día Mundial de Lucha contra la Desertificación y la Sequía. En diciembre de 1996 la CNULD entró en vigor. A la fecha la Convención tiene 194 Partes. 

 
Las plantaciones forestales sirven para rehabilitar tierras degradadas y combatir la desertificación. La reforestación puede coadyuvar a la fijación de la tierra que actúa como contraviento, ayudan a absorber el agua y a la fijación del suelo, además de ser sumideros de CO2 que ayudan a combatir el cambio climático.
 
 
Para hacer frente a las oportunidades y limitaciones que condicionarán la implementación de la Convención durante la próxima década, las Partes adoptaron de forma unánime el Plan Estratégico Decenal 2008-2018 (la Estrategia) en la COP 8, celebrada en Madrid en septiembre de 2007. 
Argentina ratificó la CNULD por Ley Nacional N° 24.701 en 1996. La Secretaría de Ambiente yDesarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) cuenta con una Dirección de Conservación del Suelo y Lucha contra la Desertificación (DCSyLcD). La DCSyLcD tuvo a su cargo la construcción del Plan de Acción Nacional (PAN) de Lucha contra la Desertificación y ha trabajado en forma sistemática desde el gerenciamiento de la Ley N° 22.428 de Fomento a la Conservación de Suelos hasta la actualidad. Por Resolución SAyDS Nº250/0310 de fecha 6 de marzo de 2003, fue creada la Comisión Asesora Nacional (CAN), continuando la fase de implementación del PAN, el cual tiene como objetivo en su área de fortalecimiento institucional la creación de dicha Comisión. 
 
Las tres Convenciones de Río están estrechamente relacionadas. El cambio climático afecta a la biodiversidad y a la desertificación. Cuanto más intenso sea el cambio climático y mayor sea su alcance, mayor será la pérdida de especies vegetales y animales, y las tierras secas y semiáridas en todo el mundo perderán vegetación y se deteriorarán. 
 
En 2001 se estableció un grupo de enlace mixto para fomentar la colaboración entre las secretarías de las tres convenciones. A través del grupo se comparte información, se coordinan actividades y se establecen medidas que pueden combatir simultáneamente los tres problemas: es decir se establece lo que se conoce como «sinergia». En la actualidad también se encuentra incluida la Convención de Ramsar sobre los Humedales en el mencionado grupo de enlace.
 
El Foro de Bosques (FB; o UNFF por sus siglas en inglés) fue establecido en el año 2000 por Resolución del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas (ECOSOC). El Foro de Bosques tiene membrecía universal y esta compuesto por todos los Estados Miembro de las Naciones Unidas y sus agencias especializadas. El UNFF aborda todos los aspectos de los bosques, desde su protección absoluta a su uso sustentable y todo entremedio, incluyendo los seres humanos, cambio climático, suelos, agua y biodiversidad, entre otros temas.  En la sexta sesión del Foro de Bosques en 2006, se acordaron cuatro Objetivos Globales sobre Bosques.

 

Los cuatro Objetivos Globales buscan:
 
– Revertir la pérdida de cobertura forestal a nivel mundial a través de un uso sostenible de los bosques, incluyendo la protección, restauración, forestación y reforestación e incrementando los esfuerzos para prevenir la degradación de bosques;
 
– Mejorar la economía basada en bosques, los beneficios sociales y ambientales, incluyendo la mejora de los medios de vida de la gente que depende de ellos;
 
– Aumentar significativamente las áreas de bosques manejados sosteniblemente, incluyendo bosques protegidos, e incrementar la proporción de productos forestales derivados de bosques sosteniblemente manejados; y
 
– Revertir la disminución en la asistencia oficial para el manejo sustentable de los bosques y movilizar una significativa suba de recursos financieros nuevos y adicionales, para la implementación de un manejo sostenible de los bosques.

 

La Asociación de Colaboración en materia de Bosques fue establecida en abril de 2001, tras la recomendación del ECOSOC. Esta asociación innovadora de catorce mayores organizaciones, instituciones y secretarías de Convenciones relacionadas con los bosques trabaja para dar soporte al UNFF y sus Estados Miembro y para fomentar una mayor cooperación y coordinación en materia de bosques.El Proceso de Montreal es la unión de varios países que poseen bosques templados y boreales con el fin de contribuir al manejo sostenible de los mismos. La máxima instancia del Proceso de Montreal es el Grupo de Trabajo, creado en Ginebra, Suiza, en junio de 1994 con la misión de establecer e implementar Criterios e Indicadores de Manejo Forestal Sustentable, aceptados internacionalmente, para la conservación y el manejo sustentable de los bosques templados y boreales.
En el marco del Proceso de Montreal los países miembros desarrollan Reportes Nacionales. Argentina actualmente se encuentra trabajando en la elaboración de su Segundo Reporte.

> Fuente: http://area-ambiental-dpf.blogspot.com.ar