El Ministerio de Industria bonifica la tasa de interés en créditos del Banco Nación destinados a la construcción o compra de galpones nuevos o usados con un fin industrial.
Beneficiarios: Micro y pequeñas empresas (conforme a los parámetros establecidos en la Resolución SPME Nº 24/01, sus modificaciones y complementarias) bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de los sectores económicos, industriales, de construcción o de servicios industriales, que desarrollen la actividad industrial.
Las Cooperativas serán sujeto del beneficio cuando cumplan con los siguientes requisitos:
a) No superen la facturación límite prevista en la Resolución Nº 50/13;
b) se encuentren conformadas exclusivamente por MIPyMEs;
c) Sus miembros no se encuentren vinculados ni controlados por una empresa que no sea PyME;
d) no sean cooperativas de servicios;
e) Ni la cooperativa ni alguno de sus miembros se encuentren registrados o que ejerzan las actividades indicadas en el párrafo precedente.
Destino: Construcción o adquisición de galpones nuevos o usados para uso industrial.
Monto de crédito bonificable: Hasta $ 7.000.000
Plazo: Hasta 15 años. El plazo en el cual se aplicará la bonificación de tasa no podrá exceder los 5 años. A partir del sexto año, y hasta el decimoquinto, se aplicará la tasa de la Reglamentación Nº 400/23.
Tasa de interés: Las empresas deberán contar con una DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por SEPYME para acceder al beneficio de la Bonificación.
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