Nos es grato dirigirnos a Ustedes para acercarles, el último acuerdo salarial FAIMA-USIMRA correspondiente al período 2017/2018 con su correspondiente escala salarial para las 4 Ramas del Sector de la Industria Maderera.

El mismo tiene un alcance para todo el territorio nacional desde el 1º de Junio de 2017 al 1º de Mayo de 2018.

Se estableció el Acuerdo Salarial sobre los salarios básicos de la CCT 335/75 vigentes al 31 de Mayo de 2017 con un alcance para todo el territorio nacional, de aplicación para las Ramas de Muebles, Aberturas, Carpinterías y demás manufacturas de Maderas y Afines; Maderas Terciadas; Aserraderos, Envases y Afines y Aglomerados, a partir del 1 de Junio de 2017 al 31 de Mayo de 2018 dividido en dos períodos.

El primero del 10% para el período comprendido entre los meses de Junio 2017 a Diciembre 2017 inclusive, teniendo carácter No Remunerativo hasta el mes de Octubre, pasando a Remunerativo para los meses de Noviembre y Diciembre inclusive.

El segundo período es un incremento del 12% Remunerativos para los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril y Mayo 2018.

Las sumas pactadas deberán ser liquidadas como “Asignación no Remunerativa Acuerdo paritario 2017/2018”, hasta pasar a integrar el salario básico del CCT/75.

La Asignación no remunerativa pactada para cada etapa generará exclusivamente el cumplimento de las obligaciones de los aportes y contribuciones a la Obra Social de la Industria de la Madera (OSPIM). Como así también los previstos en los artículos 32 y 32 Bis de la CCT 335/75 y art. 21 (Cuota Sindical) del CCT 335/75.

Asignación Extraordinaria No Remunerativa: Se establece un Acuerdo de una suma fija, por única vez de $ 2500, que se abonará en dos cuotas conjuntamente. Con la primera quincena del mes de Octubre 2017 se abonará $ 1500.- y la primera quincena del mes de Marzo 2018 se abonará $ 1000.-

 

Para ver el acuerdo arribado con sus escalas salariales por ramas del Sector y presentado en el Ministerio de Trabajo con pedido de homologación,

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